Al completar su declaración de impuestos de 2023, también es mejor preocuparse por su declaración de 2024 … Porque, por supuesto, son sus ingresos y gastos de este año los que se relacionarán con estos últimos.

Ya se conocen varios cambios. Por ejemplo, se ha ajustado el beneficio fiscal otorgado a cambio de una inversión forestal realizada por personas físicas. Adoptó la forma de una reducción fiscal o de un crédito fiscal, dependiendo de la naturaleza de las inversiones (la diferencia: con un crédito fiscal, si el impuesto adeudado por el contribuyente es inferior a la ventaja fiscal, la administración tributaria hacia el superávit ). Para operaciones realizadas desde el 1oh enero de 2023, esta ventaja se concede, en todos los casos, en forma de crédito, independientemente de la operación (compra, obra, seguro).

Para obras y compras de terrenos arbolados, la tasa del crédito fiscal también se incrementará al 25%. Para las cotizaciones de seguros, se eleva el límite de gastos a tener en cuenta de 6 euros a 15 euros por hectárea.

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Además, con el fin de animar a los propietarios a acometer rápidamente la reforma térmica de los alojamientos que alquilan, se ha duplicado el límite de imputación del déficit de suelo a la renta global. Se pasó de 10.700 euros a 21.400 euros cuando el déficit resulta -al menos hasta 10.700 euros- de las obras de rehabilitación energética.

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Esta medida se aplica al trabajo pagado entre 1oh enero de 2023 y finales de 2025, el presupuesto puede haber sido aceptado desde el 5 de noviembre de 2022. Las obras deben permitir que el alojamiento pase de una clase energética E, F o G a una clase A, B, C o D, como máximo a más tardar el 31 de diciembre de 2025. Los propietarios deberán realizar un diagnóstico de desempeño energético antes y después de la obra, para acreditar el cambio de calificación.

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Otra novedad: hasta ahora, las ganancias obtenidas por la venta de bitcoins u otros activos digitales estaban automáticamente sujetas al gravamen único del 30 % a tasa única (el «impuesto plano», 12,8 % de impuesto sobre la renta y 17,2 % de las contribuciones sociales), sin posibilidad de optar por la tributación en la escala progresiva del impuesto a la renta.

Para las ganancias recaudadas en 2023, las reglas cambian: se puede gravar en la escala. Esta opción deberá pagarse a posteriori, durante la declaración de la renta de 2023 que se realizará en la primavera de 2024. Será independiente de la relativa a otras rentas de inversión y ganancias patrimoniales por enajenación de valores.

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