Lega el comprobar bis. El Gobierno volvió a emitir la ayuda directa de 200 euros para los hogares con menos ingresos y la ha incorporado al decreto anticrisis publicado este miércoles. En qué cantidad y sistema de gestión, se obtendrá un caso de transferencia idéntico al enfoque del pasado verano, pero con una diferencia mayúscula: el nivel de ingresos previsto para acceder a ella caso duplicado con respecto a la versión anterior, pasando de 14.000 a 27.000 euros. “La experiencia de la aplicación efectiva del régimen de las cuentas de pago básicas ha elevado el umbral de renta que se aplica a las personas que no están integradas en una unidad familiar por considerarlas de especial vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera”, señala el texto legislativo.

De hecho, el primer cheque antiinflacionario fue un fiasco en términos de alcance: solo llegó a 600.000 beneficiarios de los 2,7 esperados. Esta nueva ayuda pretende tener más difusión e impacto. El nivel de renta no es, sin embargo, el único requisito exigido.

¿Quién tiene derecho a la ayuda?

Tienen derecho a recibir el cheque todos aquellos trabajadores, sean asalariados o autónomos, que Durante este ejercicio hayan estado dados de alta en la Seguridad Social u otra mutualidad, ya los desempleados beneficiarios de una prestación por desempleo que percibieran en 2022 rentas por debajo de los 27.000 euros. Además, su patrimonio —activos y bienes distintos al trabajo, como inmuebles o depósito— deberá ser inferior a los 75.000 euros a 31 de este diciembre, excluida la vivienda habitual.

Estos asuntos, en efecto, se refieren a la suma de los ingredientes y el patrimonio de todos los integrantes del núcleo familiar. Según el Gobierno, hay unos 4,2 millones de hogares que podrían acceder al nuevo cheque. La ayuda pasada identifica a los beneficiarios a los hogares con rentas por debajo de los 14.000 euros y patrimonio minor a 43.196 euros. Además, pidió que los solicitantes estuvieran ocupados y dados de alta en la Seguridad Social o desempleados e registrados en una oficina de empleo en la fecha de entrada en vigor del decreto. La percepción del cheque anterior no es incompatible con la solicitud del nuevo.

¿Cómo se calculan los ingresos?

A hora de calcular el nivel de ingresos y patrimonio tenderá a tener en cuenta la situación de todas las personas que vievan en el domicilio, siempre y cuando el solicitante tenga una relación familiar con ellas. Es decir, no suman las rentas de quienes simplemente comparten piso. El decreto menciona expresamente al cónyuge oa pareja de hecho —regularmente inscrito en los registros—, los hijos y descendientes, también adoptivos y de acogida, con derecho a aplicar el mínimo por descendiente a efectos de la ley del IRPF —esto es, menores de veinticinco años o con discapacidad, sin rentas anuales y que conviven con el beneficiario—. También computan las rentas de los ascendientes hasta segundo grado. Se tomará en cuenta la composición del hogar a 31 de diciembre.

De esta manera se restringen, pero a la vez se aclaran, algunos de los requisitos exigidos para acceder a cheque. El decreto anterior hacía referencia a relaciones matrimoniales o de pareja, pero con al menos dos años de antelación, sin explicar el significado o alcance de este último requisito temporal. También entraban en el cómputo de los ingresos de los familiares hasta el tercer grado yfines, incluidos hermanos, tíos o sobrinos, entre otros.

¿Se demandan otros requisitos?

Es necesario tener residencia habitual en España. El decreto no aclara qué significa, pero remite a las disposiciones contempladas en la ley IRPF con respeto: haber permanecido más de 183 días Durante el año natural en territorio español, o tener en España el núcleo principal o la base de las actividades o interesados ​​económicos. Para recibir el cheque también requiere que el beneficiario disponga de una cuenta bancaria. Esta deberá figurar en el formulario de solicitud, ya que ahí se realizará el abono en un único pago.

¿Cuándo y dónde se puede pedir?

Los contribuyentes pueden solicitar el cheque: dude el próximo 15 de febrero hasta el 31 de marzo. Ir a la página Web de la Agencia Tributaria —organismo encargado de gestionar las ayudas, controlar y realizar las transferencias—, explicando la fórmula que hay prevista para ello en lo mencionado antes. El texto del decreto. Ya escuché que ese será el único canal habilitado, y que no hay pérdida de forma presente o telefónica. En el caso de Navarra y País Vasco, las haciendas locales serán las instituciones competentes para recibir allí las solicitudes de administración del cheque.

¿Qué documentación hay que alegar?

En principio, ninguna. Una vez rellenado el formulario, la Agencia Tributaria cruzará sus datos con los de otras Administraciones y determinará si el contribuyente tiene derecho al cheque. Si concluye que no se cumple con los requisitos, notificará una propuesta de resolución denegatoria, junto a los datos necesarios para consultar en su página web los motivos de la denegación. El solicitante esperará 10 días para volver a la decisión de las autoridades fiscales. Después de mes desde la notificación, si no se han presentado alegaciones, documentos o justificantes, se considerará finalizado —y rechazado— el procedimiento. Esta posibilidad no estaba prevista con el control anterior.

Hay más. Si la Agencia Tributaria no realiza el folio ni deniega la verificación de forma expresada en tres meses desde la finalización del lugar de presentación de la solicitud, la solicitud puede tenerse por desestimada. También en esta circunstancia, el contribuyente podrá interponer recurso. Por otro lado, habrá que reintegrar los 200 euros si tras cobrarlo la Administración descubre que se incomplía con alguno de los requisitos. A este import hay que sumar el interés de demora. El interesado recibirá de todas las personas formadas un acuerdo de inicio del procedimiento de reintegro con una propuesta de resolución, y tendrá 10 días “para alegar y presentar los documentos y justificantes que considere pertinentes”. El trámite tendrá que resolver en un máximo de seis meses.

¿Hay causas de incompatibilidad?

Si. Tampoco podrán recibir el cheque quienes, a lo largo de este ejercicio, han sido administradores de derecho de una sociedad mercantil aún activa a cierre del año, o fueron titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizado. “Esta ayuda, de 200 euros de cuantía en pago único, va a quienes hayan sido asalariados, autónomos o desempleados en 2022, con el fin de paliar situaciones de vulnerabilidad económica, no cubiertas por otras prestaciones de carácter social, como es el caso de las pensiones o el ingreso mínimo vital”, detalla el texto del decreto.

La misma exclusión de pensionistas y síndicos del IMV se aplica en la ayuda anterior, justificada por el hecho de que los servicios de ambos se revalorizarán el próximo año. Las pensiones sufrirán en torno al 8,5%, en línea con el IPC medio del año, y las mínimas un 15%, al igual que el ingreso mínimo vital.

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