Alertan del peligro que supone que «los jueces deciden qu partes de la realidad deben ser publicadas u ocultadas a los ciudadanos»
Un total de 163 periodistas, los mayores parte profesionales especializados en información de tribunales y sucesos, han firmado un escrito dirigido al Consejo General del Poder Judicial y al impuesto general del estado mostrando su «intensa preocupación» por la condena sin precedentes que la Audiencia Provincial de Huelva ha impuesto a una periodista por publicar de forma pormenorizada de varias diligencias relacionadas con el asesinato de la joven Laura Luelmo en un pueblo de Huelva en agosto de 2018. El fallo, que cont con el respaldo de la Fiscala, conden a dos aos de crcel -e inhabilitation professionalmente- a la periodista del diario Huelva Informacin que public varias informaciones veraces.
En el documento remitido al órgano del gobierno de los jueces ya la Fiscala General, los periodistas alertan del peligro que supone que «los jueces deciden qu’es o non noticiable o qu’partes de la realidad deben ser publicadas u ocultadas a los ciudadanos». “Los periodistas de tribunales obligados lo que publicamos conforme al derecho de los ciudadanos a la información, el interperiodico, la autonoma Editorial y el compromiso con la audiencia de cada medio.
Además, los periodistas que suscriben los documentos citados -integrantes de todas las redacciones de los principales medios de comunicación del pascalifican como «muchas tumbas» que se sustituyen los criterios periódicos por la percepción particular de cada juez sobre lo que es o no en una noticia, recurriendo como disproporcionado castigo al máximo poder penal del Estado, la crcel.
«Los periodistas de tribunales sabemos que la intimidación es uno de los límites a la libertad de información. No justificamos el amarillismo ni las invasiones de la intimidad que no tengan una estricta motivación periódica. No todo vale en nuestro oficio. Pero es exigible una ponderación entre ambos derechos que la Audiencia de Huelva omite por completo. (…) El secreto de la instrucción no es exigible a los periodistas, sino exclusivamente a aquellos obligados a guardarlo (a los que se aplica, por cierto, un tipo penal específico con penas menos severas que las previstas en el artículo 197). Por ello, mal puede basarse la condena en un delito de revelación de secretos sumariales por parte de los periodistas, amparados por el deber y el derecho a ejercer las libertades que protege el artículo 20.1d) de la Constitución», recalcan.
Además, los firmantes destacan que «la represión penal de los posibles excesos cometidos, en lugar de ser sancionados por la jurisdicción civil, puede causar en los periodistas un efecto desaliento perjudicial para el derecho a la información de los ciudadanos».
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